Olavidia 2017

INSPECCIONES TÉCNICAS DE EDIFICIOS
Inspecciones Técnicas de Edificios en Todas las provincias
CÓDIGO TÉCNICO DE EDIFICACIÓN
PLAN DE EFICIENCIA ENERGÉTICA
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Ahorro Energético en el sector Residencial
Ahorro Energético en el Sector Terciario
Ahorro Energético en el sector Industrial

Soluciones para el Ahorro y la Eficiencia Energética. Sector Terciario: Empresas

DOMÓTICA
SISTEMA DOMÓTICO INTELIGENTE
AHORRO EFECTIVO
EMPEZAR A AHORRAR
EFICIENCIA ENERGÉTICA
EFICIENCIA ENERGÉTICA
ASESORÍA ENERGÉTICA
SOPORTE TÉCNICO

Inspecciones Técnicas de Edificios 2014. Soluciones para el Ahorro y la Eficiencia Energética. Mediante cuotas de "Renting" que se amortizan del ahorro que obtenemos
Inspecciones Técnicas de Edificios_2014.
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Ofrecemos todos los servicios relacionados con la Inspección Técnica de Edificios (I.T.E.), y lo hacemos en todas las provincias en las que es obligatorio por normativa,  desde la inspección previa hasta la obtención del certificado de FAVORABLE. 

 

El equipo de Fassa Ingeniería esta compuesto por Técnicos competentes para la realización de Inspecciones Técnicas de Edificios, Arquitectos e Ingenieros. Esto quiere decir que el servicio lo prestará el profesional más próximo al cliente en su provincia.

En caso de ser  necesaria la realización de obras para la subsanación de las lesiones y deficiencias  que se detecten, podemos encargarnos de la preparación del presupuesto, la 
DIRECCIÓN DE OBRAS y la coordinación de las mismas.

 

 

Realizar una ITE es invertir en confort, seguridad y permiten conocer el estado real del inmueble, recomendar las obras o reparaciones necesarias y prevenir gastos innecesarios en un futuro. Además de cumplir con la normativa y evitar las sanciones administrativas.

 

¿Qué es una ITE? 

Se trata de una inspección de la edificación llevada a cabo por técnicos competentes (Arquitectos , Aparejadores o Ingenieros Industriales Superiores) y que tengan la preparación y experiencia para poder detectar posibles patologías en los edificios. 

¿Para qué se hacen las ITE? 
Diferentes normativas Municipales establecen las ITEs como instrumento para revisar si la edificación es segura y detectar posibles deficiencias que sean graves, y por tanto prevenir la ruina de las edificaciones.

¿Quiénes deben realizar las ITE? 
Los propietarios de todas las edificaciones, están obligados a solicitar dicha inspección, dispuesto el periodo de la misma por sus autoridades locales, que disponen de ordenanza reguladora de ITEs. 

BENEFICIOS DE LA INSPECCIÓN TÉCNICA DE EDIFICIOS

 

  • Conocer el estado real de su inmueble con la garantía que le brinda un técnico independiente experto en patologías edificatorias.
  • Mejorar las condiciones de habitabilidad, utilidad y seguridad constructiva de multitud de edificios como el suyo.
  • Revalorizar multitud de inmuebles cuya degradación hacía perder dinero a sus propietarios día tras día.
  • Acometer obras de rehabilitación integral que solucionen de una vez multitud de pequeños problemas que eran fuentes continuas de derramas para sus propietarios

AYUDAS Y SUBVENCIONES

 

El Ayuntamiento de Madrid, a través de la Empresa Municipal de Vivienda y Suelo, ofrece subvenciones para todos los gastos derivados de la Inspección Técnica de Edificios - ITE -.

 

Estas ayudas oscilan entre el 10% y el 25% en función de los ingresos personales de los vecinos y del grado de catalogación del edificio.

 

Además, si su edificio se encuentra en una de las Áreas de Rehabilitación Integrada, la cuantía de la subvención puede llegar hasta el 70%, si se cumplen todos los requisitos necesarios.

SANCIONES EN CASO DE INCUMPLIMIENTO

 

Las Ordenanzas Reguladoras de la ITE en cada municipio, incluyen la posibilidad de imponer multas a las Comunidades de Propietarios que incumplan con la obligación de pasar la ITE en plazo, o el ayuntamiento podrá requerirles para hacerlo dentro de un plazo, transcurrido el cual podrá realizarla de oficio a costa de los propietarios.

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Toma de datos

Previamente a la visita se habrán de tomar datos del edificio con el objeto de adquirir una primera idea previa del estado del mismo, por ejemplo, sistema constructivo, año de construcción, orientación, volúmenes, entorno y situación.

 

Recepción de documentación del edificio

Se requerirá a la propiedad del inmueble la presentación de todo tipo de documentos relativos al edificio, para conocer sus antecedentes de reformas, mantenimiento o incidencias.

 

Ejemplos de estos documentos pueden ser: libro del edificio, contratos de mantenimiento, proyectos de reformas, licencia de obras, actas de bomberos por posibles intervenciones, reclamaciones de vecinos por patologías, etc..

 

 

 

Visita

Una vez obtenidos estos datos iniciales, se procede a la visita, realizada por técnico cualificado para valorar el estado del edificio e iniciar la Inspección.

 

En dicha visita podrá comparecer todo vecino que lo desee, siendo necesaria la del presidente o persona autorizada para acompañar al técnico por el inmueble. Se realizará visita por las zonas comunes e inmuebles que el técnico considere oportuno, siendo obligatoria la visita a los inmuebles de la planta alta, baja y cualquiera que tenga un patio o elemento singular. Asimismo, se realizará Inspección a cualquier inmueble que sea requerido por algún vecino.

 

Con objeto de evitar contratiempos durante la visita, se requerirá la publicación de ésta en el  tablón de la comunidad con una antelación mínima de 7 días, a fin de que todas la viviendas, locales, trasteros y demás dependencias estén disponibles para acceder a ellos si es necesario (ningún vecino puede estar presente durante la visita, se ruega que deje a una persona autorizada para poder acceder al inmueble)

 

La visita al edificio suele iniciarse en sentido vertical descendiente, es decir, solemos comenzar inspeccionando la cubierta: solería, impermeabilización, pretiles, cornisas superiores, etc  ( En el caso de cubiertas inaccesibles “ con trampilla” para acceder a ellas, se requiere que la comunidad facilite los medios, tales como escaleras o en caso contrario que lo comuniquen previamente)

 

Una vez inspeccionada la cubierta, se accederán a las dependencias de la planta última, con objeto de inspeccionar principalmente si los techos de éstas sufren filtraciones de agua o no.

 

La inspección continuará por las zonas comunes del inmueble, comprobando fijaciones de barandillas de escaleras, estado de los parámetros, etc..

 

Como se especificó en el apartado anterior, se visitarán las viviendas de la planta baja, o aquellas que dispongan de patios y demás elementos singulares, así como todas aquellas viviendas o locales comerciales que los propietarios requieran.

 

Se comprobará el estado de los locales de instalaciones, como son cuartos de contadores, tomas de tierra, cuadros, depósitos, arquetas, etc..

Para concluir la visita, inspeccionamos las fachadas exteriores y medianeras con otros inmuebles.

 

Con los datos obtenidos, se estudiará la necesidad de una segunda visita para verificaciones adicionales antes de finalizar la Inspección Técnica de Edificios, y así sucesivamente.

 

Redacción y tramitación del informe ante el Ayuntamiento.

Una vez obtenido los datos procederemos a la redacción del informe de inspección técnica del edificio, cuyo resultado podrá ser “ITE favorable” en cuanto al cumplimiento de las condiciones de seguridad, salubridad y ornato público según las exigencias de la ordenanza, o ITE desfavorable, en cuyo caso llevará aparejadas las actuaciones necesarias para resolver las deficiencias afectadas ( en nuestra sección de preguntas frecuentes se explicará lo referente a las obras que habría que hacer , si fuera necesario).

 

Este informe ITE se enviará al registro del Colegio oficial oportuno. Una vez registrado se entrega una copia a la propiedad y seguidamente se gestionará en el Ayuntamiento para su inscripción.

 

La Gerencia de Urbanismo así mismo da unas instrucciones de procedimiento.

 

 

 

 

Si la ITE es favorable

Gestión finalizada, archivo del expediente hasta transcurridos 10 años.

 

 

 

 

Si la ITE es desfavorable


  • Realización de las obras indicadas en la inspección por cuenta del cliente, con la empresa constructora que estime oportuno. Si el cliente lo desea, llegados a este punto, podemos gestionar la obtención de ayudas públicad a las obras derivadas de la ITE.
  • Nueva inspección para comprobar la correcta ejecución de las obras (en caso de que las obras no precisen de proyecto técnico). Presupuesto aparte, al 50% del precio convenido en la primera ITE.
  • Redacción del Certificado de Idoneidad de Obras de ITE.
  • Abono de los honorarios convenidos.
  • Presentación del expediente en la Gerencia Municipal de Urbanismo o Ayuntamiento por parte del arquitecto o arquitecto técnico e Ingeniero Industrial  y envío de una copia sellada al cliente por correo.
  • Seguimiento del expediente y gestión de cualquier requerimiento del Ayuntamiento por nuestra parte, hasta la fecha de la siguiente inspección.